Descripción general de los minerales en conflicto
La Comisión de Bolsa y Valores (“SEC”) adoptó reglas finales en agosto de 2012 bajo Sección 1502 de la Ley Dodd-Frank de Reforma de Wall Street y Protección al Consumidor (la “Ley Dodd-Frank”) para abordar el uso de “minerales de conflicto”. Estas normas exigen que las empresas públicas, como Large Power, realizar la debida diligencia en sus cadenas de suministro y revelar anualmente si ciertos productos contienen minerales en conflicto originarios de los “países cubiertos” que son esenciales para su producción.
Definiciones
El término «países cubiertos» se refiere a la República Democrática del Congo (RDC) y sus países vecinos. Los «minerales de conflicto» incluyen el estaño (casiterita), el tungsteno (wolframita), el tántalo (columbita, tantalita o coltán), el oro y sus derivados, originarios de los países cubiertos.
Compromiso con el abastecimiento ético
Large Power Reconocemos las graves violaciones de derechos humanos asociadas con la extracción, el comercio y el transporte de minerales en regiones en conflicto. Nos comprometemos a abastecernos de materiales de forma responsable, trabajando únicamente con proveedores que comparten nuestros valores de prácticas éticas. Nos esforzamos por evitar contribuir a conflictos mediante nuestras actividades de abastecimiento y nos dedicamos a defender los derechos humanos.
Large Power No toleramos la corrupción ni las prácticas poco éticas en nuestras relaciones con proveedores. Esperamos que nuestros proveedores se adhieran a los mismos altos estándares. Solo retenemos a nuestros proveedores tras demostrar su cumplimiento con nuestro Código de Conducta y otros requisitos internos, incluidos los relacionados con la salud, la seguridad y la responsabilidad ambiental. Además, realizamos auditorías bienales a nuestros proveedores clave para garantizar su continuo cumplimiento con nuestros estándares.
Large Power Declaración de posición sobre los minerales en conflicto
Large Power Nos dedicamos a adquirir únicamente productos y componentes libres de minerales de conflicto, provenientes de zonas que financian conflictos armados. Esperamos que nuestros proveedores cumplan con este compromiso y apoyen una cadena de suministro libre de conflictos.
Estamos tomando las siguientes medidas para cumplir con las regulaciones sobre minerales en conflicto:
- Identificar minerales de conflicto que son necesarios para la producción y funcionalidad de nuestros productos.
- Realizar la debida diligencia en la cadena de suministro de acuerdo con la Guía de debida diligencia de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
- Esperar que nuestros proveedores directos realicen una diligencia debida similar sobre las fuentes de minerales en conflicto dentro de sus propias cadenas de suministro y exigir a sus proveedores que hagan lo mismo.
- Una vez que se establezca una cadena de suministro validada y libre de conflictos, nos aseguraremos de que nuestros proveedores directos obtengan minerales exclusivamente de esta cadena de suministro.
- Si se descubre que algún proveedor directo nos suministra minerales en conflicto que no provienen de una cadena de suministro validada y libre de conflictos, o que financian conflictos, tomaremos medidas correctivas, incluida la recomendación de soluciones de abastecimiento alternativas o, si es necesario, la reevaluación de nuestra relación con el proveedor.
Continuaremos revisando y actualizando nuestra política sobre minerales en conflicto para garantizar que siga siendo eficaz y esté alineada con las regulaciones cambiantes.

